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La Resolución CFP N° 15/2026 estableció los valores para los stocks de Anchoíta al norte y al sur del paralelo 41° Sur, y de Caballa al norte y al sur del paralelo 39° Sur, para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2026.

Valores establecidos

La CMP se establece anualmente, conforme los artículos 9°, inciso c), y 18 de la Ley N° 24.922, a fin de evitar excesos de explotación y asegurar la conservación de los recursos a largo plazo. Para el año 2026 quedaron fijadas en:

  • Anchoíta (Engraulis anchoita), stock al norte del paralelo 41° Sur: CIENTO VEINTE MIL (120.000) toneladas.
  • Anchoíta (Engraulis anchoita), stock al sur del paralelo 41° Sur: CIENTO CINCO MIL (105.000) toneladas.
  • Caballa (Scomber colias), stock al norte del paralelo 39° Sur: CATORCE MIL DOSCIENTAS (14.200) toneladas.
  • Caballa (Scomber colias), stock al sur del paralelo 39° Sur: TREINTA Y OCHO MIL (38.000) toneladas.

Las recomendaciones del INIDEP

Los valores coinciden con las Capturas Biológicamente Aceptables (CBA) recomendadas por el INIDEP. Para la Anchoíta del norte, el Informe Técnico Oficial N° 30/2026 describe un estado saludable del recurso, con variaciones interanuales moderadas de biomasa, y aconseja mantener un criterio precautorio en su explotación. Para la Anchoíta del sur, el ITO N° 32/2026 indica niveles muy bajos de mortalidad por pesca y una biomasa reproductiva por encima de los Puntos Biológicos de Referencia Objetivo y Límite; el Instituto consideró además la importancia ecológica de la especie y la conveniencia de favorecer el desarrollo progresivo de la pesquería.

En Caballa, el ITO N° 31/2026 concluye que el efectivo sureño presenta condiciones de subexplotación. Respecto del efectivo norteño, distribuido entre los paralelos 34° y 39° Sur, el INIDEP informó que es explotado principalmente por la flota de rada o ría que opera desde Mar del Plata, con desembarques históricamente inferiores a la CMP vigente. Señaló que los rendimientos responden principalmente a la demanda de la industria conservera y que las campañas de investigación no permitieron obtener estimaciones de abundancia suficientes para ajustar un modelo de dinámica poblacional, por lo que recomendó, bajo un criterio precautorio, mantener para 2026 la CBA de CATORCE MIL DOSCIENTAS (14.200) toneladas, el mismo valor del año anterior, hasta que se cuente con información sobre la abundancia de este stock.

Revisión de los valores

La resolución prevé que los valores podrán ser revisados y, de ser necesario, complementados o modificados a partir de la información y las recomendaciones del INIDEP.

Valores para el próximo año

Se acordó solicitar al INIDEP que envíe a la brevedad recomendaciones precautorias de CMP para los distintos stocks de ambas especies, a fin de contar con límites de captura desde el inicio del año próximo.