A través del Acta CFP N° 34/2025, el Consejo Federal Pesquero resolvió la CMP de Centolla (Lithodes santolla) en el Área Central para la temporada de pesca 2025-2026.
Según el Informe Técnico Oficial N° 50/2025 denominado “Evaluación y Captura Biológicamente Aceptable (CBA) de la Pesquería de Centolla (Lithodes santolla) del Área Central, Temporada de Pesca 2025-2026″, confeccionado por el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), durante la temporada 2024-2025 se extrajeron NOVECIENTAS DIEZ TONELADAS (910 t.) de Centolla en el Área Central, completándose la captura de todo el cupo otorgado.
Asimismo, indicaron que esta temporada se caracterizó por una mejora general en los indicadores biológico-pesqueros, consolidando la tendencia positiva observada en los dos últimos años. Adicionalmente, mencionan que la biomasa se encontraría ligeramente por sobre el valor objetivo del 40% de B0, y con una disminución del riesgo de sobrepesca, destacándose una notoria mejoría respecto a la condición del año anterior.
En este sentido, el INIDEP mencionó que la Captura Biológicamente Aceptable (CBA) sugerida para la temporada 2025-2026, considerando un riesgo menor de QUINCE POR CIENTO (15%) de caer en sobreexplotación en el largo plazo y la historia reciente de la pesquería es de MIL TONELADAS (1.000 t.)
En conjunto, los resultados demuestran que el stock de Centolla del Área Central continúa en proceso de recuperación y se mantiene dentro de niveles biológicamente seguros. Para sostener esta tendencia positiva, la mortalidad por pesca no debe incrementarse y se recomienda mantener un enfoque precautorio en la determinación de los cupos de captura.
De este modo, el Consejo Federal Pesquero tomó la determinación por unanimidad de establecer los siguientes valores de Captura Máxima Permisible (CMP) de Centolla (Lithodes santolla) en el Área Central para la temporada de pesca 2024-2025:
- Zona C I: DOSCIENTAS CINCUENTA TONELADAS (250 t.)
- Zona C II: DOSCIENTAS SESENTA TONELADAS (260 t.)
Asimismo, se determinó para las provincias, la siguiente recomendación de CMP para las respectivas jurisdicciones provinciales:
- Zona C IV y Zona C V: CUATROCIENTAS NOVENTA TONELADAS (490 t.) totales.





