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El jueves de esta semana, el Consejo Federal Pesquero emitió el Acta N° 26/2025 y las Resoluciones N° 10 y 11, a través de las cuales se trataron diversos temas vinculados a la administración de los principales recursos pesqueros del país.

En lo referido a Merluza común (Merluccius hubbsi), se dispuso la asignación de CIENTO CUARENTA (140) toneladas de la Reserva Social y se distribuyeron volúmenes de la Reserva de Administración a siete embarcaciones fresqueras por un total de MIL DOSCIENTAS CUARENTA Y CINCO (1245) toneladas.

Respecto de la Vieira patagónica (Zygochlamys patagonica), se fijó la Captura Máxima Permisible (CMP) para el año 2026 en NUEVE MIL OCHOCIENTAS NOVENTA Y SIETE (9.897) toneladas en la Unidad de Manejo A, con prohibición de captura en las Subáreas A1 y A2 de la mencionada Unidad de Manejo hasta el 31 de diciembre de 2026 según las recomendaciones del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP), decisión que fue asentada a través de la Resolución CFP N° 10/2025.

En relación con el Langostino (Pleoticus muelleri), se ratificó la apertura de la Subárea N° 15 a la pesca comercial a partir del 10 de septiembre tras los resultados de la prospección desarrollada durante los días 6, 7 y 8 de septiembre. Posteriormente, se ratificó la decisión adoptada por la Autoridad de Aplicación en relación el cierre de las Subáreas N° 12, 14 y 15 por el incremento de capturas incidentales de Merluza común (Merluccius hubbsi) en consonancia con el comienzo de la migración reproductiva de la especie.

Por otra parte, se autorizó elevar transitoriamente hasta la finalización de la temporada 2026 en aguas de jurisdicción nacional, al TREINTA Y SEIS POR CIENTO (36%) el límite de producción de colas de Langostino a bordo de los buques tangoneros congeladores, decisión que se instrumentó mediante la Resolución CFP N° 11/2025.

Al respecto, se destaca que, el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) sustenta con que no se han observado efectos negativos sobre el recurso o sobre el medio ambiente respecto del TREINTA POR CIENTO (30%) ya autorizado, y que en las condiciones actuales de la pesquería no se estima a priori que la implementación de este incremento implique un aumento significativo del esfuerzo pesquero.

Además, se recibieron presentaciones de cámaras empresarias y gremiales sobre el cupo social de Langostino, que serán analizadas por el Consejo. Específicamente, la Cámara de Empresas Pesqueras Argentinas (CEPA) solicita la definición de un marco regulatorio específico sobre los cupos en relación a las capturas realizadas por los Buques Pesqueros bajo este régimen.