La temporada de Langostino (Pleoticus muelleri) en aguas nacionales avanzó a paso sostenido en las dos semanas que separan las sesiones 14 y 15 del CFP. Los resultados de la prospección en el Área de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (AVPJM) permitieron la habilitación a la pesca comercial en nuevas subáreas, y el Consejo aprobó elevar temporalmente al 50% el límite de producción de colas a bordo de los buques congeladores para la temporada 2026.
Primera ronda: las SA 4, 5, 15 y 16 abiertas a la pesca comercial
La prospección en las subáreas (SA) 4, 5, 15 y 16, iniciada el 26 de mayo, concluyó el día 28. El INIDEP remitió los resultados del segundo y tercer día de operación, confirmando rendimientos satisfactorios en todas las áreas.
Las capturas estuvieron dominadas por las categorías comerciales de mayor tamaño: L1 fue la categoría principal en las SA 4 (60,45%) y 5 (70,11%), mientras que en las SA 15 y 16 lideró la L2 (35,76% y 40,67% respectivamente). Los porcentajes de juveniles fueron bajos —el mayor correspondió a la SA 15 con 18,92%—, y la captura incidental de merluza se mantuvo dentro de los parámetros habilitantes.
Con esos datos, la Autoridad de Aplicación abrió la pesca comercial en las cuatro subáreas a partir del 29 de mayo, aunque anunció un seguimiento especial sobre la SA 15 por su mayor proporción de juveniles.
Segunda ronda: las SA 8 y 14, también abiertas a la pesca comercial
Una vez concluida la primera prospección, la Autoridad de Aplicación solicitó al INIDEP un plan de prospección para las SA 8 y 14. El Instituto propuso CUATRO (4) días efectivos de pesca con al menos OCHO (8) buques congeladores distribuidos en partes iguales entre ambas áreas, con observadores a bordo y reporte diario. La prospección arrancó el 6 de junio.
Los resultados de los primeros tres días también fueron favorables. La SA 8 registró un 60,94% de L1 y un 30,97% de L2, con un 0,29% de juveniles y relación Merluza/Langostino de 0,07. La SA 14 mostró un 39,08% de L2 y un 37,19% de L1, con 1,38% de juveniles y la misma relación incidental de 0,07%.
El INIDEP concluyó que ambas subáreas reunían las condiciones necesarias para su habilitación y la Autoridad de Aplicación dispuso la apertura a partir de las 0:00 del 10 de junio. Los miembros del CFP ratificaron las decisiones adoptadas por la Autoridad de Aplicación.
Resolución N° 7/2026: Incremento al CINCUENTA (50%) POR CIENTO en la producción de colas a bordo
El otro eje de la sesión fue la aprobación de la Resolución CFP N° 7/2026, que eleva transitoriamente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) por marea el límite de producción de colas de Langostino a bordo de los buques tangoneros congeladores por la temporada 2026.
La norma modifica la tolerancia transitoria del TREINTA Y SEIS POR CIENTO (36%) vigente desde septiembre de 2025, que a su vez había ampliado el TREINTA POR CIENTO (30%) original establecido en 2018.
La medida fue impulsada por la Autoridad de Aplicación y recibió el respaldo de CONARPESA S.A., CAPIP, CAPECA y CEPA, que argumentaron que el incremento no impacta en el trabajo en tierra —el producto va al mercado de congelado a bordo, no al reprocesamiento en planta—, no aumenta el esfuerzo pesquero al requerir más tiempo de trabajo por lance, y no genera efectos negativos sobre el recurso ni el ambiente, conforme al criterio del INIDEP.
En sentido contrario, el SOMU y el STIA Chubut se opusieron, advirtiendo sobre el impacto en el empleo de las plantas procesadoras y en el medioambiente. La norma fue aprobada por mayoría, con los votos negativos de Buenos Aires —que reiteró su posición histórica sobre la materia— y Santa Cruz, que aclaró que si bien acepta el argumento técnico ambiental del INIDEP, entiende que la medida debe resolverse entre gremios y cámaras y podría comprometer el procesamiento en tierra.





